
Colombia es un país donde algunos ciudadanos del común ya están gravados con el impuesto de renta y complementarios para el año gravable 2019 (enero 01 al 31 de diciembre), dicha declaración se debe presentar entre los meses de agosto y octubre del año 2020 respectivamente.
Para ser declarante del impuesto de renta y complementarios se debe cumplir con al menos uno de los siguientes requisitos: Para el año gravable 2019 deben declarar las personas naturales que cumplan con al menos una de las condiciones estipuladas en los artículos 6, 591, 592, 593 y 594 del estatuto tributario y cuyas condiciones se pueden encontrar el Artículo 1.6.1.13.2.7. “Contribuyentes no obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementario” del decreto 1625 de 2016.

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Un punto importante a tener en cuenta es la territorialidad; estipulado en el artículo 10 del Estatuto Tributario, donde define si se es residente o no residente ya que para efectos tributarios la persona natural que vive en el exterior y tiene la categoría de residente debe declarar por renta mundial (renta mundial es que declara ingresos y patrimonio que posee tanto Colombia como en el exterior y la persona no residente declara lo poseído en el territorio nacional)
Documentos que se deben solicitar para presentar la declaración de renta y complementarios de persona natural
Con respecto al patrimonio el certificado de los bienes que posee según su clasificación:
- Para los bienes inmuebles, se requiere escritura pública y predial del último cuatrimestre del 2019.
- Para los vehículos, factura de compra
- En caso de poseer aportes en encargo fiduciarios para la compra futura de bienes inmuebles, certificado emitido por la fiduciaria.
- Certificado tributario de las diferentes entidades bancarias donde posee algún producto como lo son cuentas de ahorros, corrientes, cuentas AFC, tarjetas de crédito, créditos hipotecarios y diferentes créditos que posea con la entidad bancaria.
- Extractos bancarios de enero a diciembre de 2019 de las cuentas corrientes y de ahorros que posea con las diferentes entidades bancarias
- Si realiza aportes a pensiones voluntarias, certificado tributario del fondo de pensiones de los aportes realizados y el saldo a diciembre de 2019.
- Si posee aportes a cuentas AFC, certificado tributario de los aportes realizados y el saldo a diciembre de 2019.
- Relación de las cuentas por cobrar que a diciembre 31 del año anterior
- Si posee acciones en alguna sociedad certificado de accionista donde se especifique el No de acciones y su valor de adquisición.
- Certificado de bonos, CDT, depósitos que posea donde se indique el valor de adquisición y fecha.
- Certificado tributario del fondo de cesantías al 31 de diciembre de 2019.
- Para las cuentas por cobrar o por pagar por concepto de préstamos a personas naturales pagare o documento autenticado que certifique el valor adeudado.
- Para las cuentas por cobrar o por pagar por concepto de préstamos a personas jurídicas (empresas) certificado por parte de la empresa donde indique el valor adeudado.
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Con respecto a los ingresos poseidos a diciembre 31 del año gravable 2019:
- Si es asalariado: Certificado de ingreso y retenciones 2019 de las diferentes empresas para las cuales laboró.
- Si es Pensionado: Certificado de ingreso y retenciones.
- Si es Trabajador independiente: Certificado de retención y valores obtenidos por la ejecución de la actividad.
- Informar si durante el 2019 obtuvo ingreso por algún concepto como arrendamiento, transporte, ventas de bienes muebles e inmuebles, comisiones.
- Si recibió ingresos por venta de vehículos, anexar el soporte de la secretaria de tránsito.
- Si recibió ingresos por venta de bienes inmuebles, anexar soportes emitidos por la respectiva notaria.
- Si recibió ingresos por la liquidación de la sucesión ilíquida (Herencias, legados), copia de la escritura.
- Si recibió ingresos en el exterior, certificado emitido por la entidad extranjera.
Así como se debe tener en cuenta el patrimonio y los ingresos a declarar también es importante tener en cuenta los costos y gastos para poder proceder de forma correcta a la deducción:
- Para dependientes económicos debe cumplir con uno de los sigueintes requisitos:
- Hijos menores de 18 años: Registro civil
- Hijos mayores de 18 años y hasta 23 años que estén cursando alguna carrera en alguna institución de educación superior: Certificado de estudio
- Hijos que tengan alguna discapacidad física o mental: Certificación por parte de medicina legal •
- Conyugue, padres o hermanos que no obtengan ingresos superiores a un salario minimo mensual y que dependan económicamente: Certificado de contador Publico
- Certificado de pagos a medicina propagada o pólizas de salud.
- Certificado de aportes a cuentas AFC o pensiones voluntarias.
- Certificado de crédito Hipotecario para proceder a la deduccion de los interes
- Todos los documentos soporte de compra o gastos que tengan relación de causalidad con el ingreso percibido por arrendamientos, servicios de transporte, venta de artículos (si tiene negocio donde comercializa bienes)
- Pago se seguridad social en el caso de haber cotizado como independiente.
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